Durante todo el mes de marzo está abierto el plazo para presentar solicitudes de admisión para un puesto escolar en centros docentes públicos y privados concertados para las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de la educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
Antes del plazo establecido los centros no podrán recepcionar solicitudes de admisión.
Que perdería la prioridad que en su caso le hubiese correspondido, en relación con las presentadas en plazo.
Una vez concluida la adjudicación de plazas escolares, las comisiones territoriales de garantías de admisión adjudicarán una plaza escolar a los alumnos o alumnas cuya solicitud de admisión fue presentada fuera del plazo establecido
En el proceso de admisión solo se podrá presentar una solicitud por alumno o alumna, para la enseñanza y curso en el que se solicita la admisión del alumno o alumna. Dicha solicitud se presentará preferentemente en el centro docente donde se solicita la admisión prioritariamente.
El solicitante debe quedarse con una copia del impreso de solicitud registrado por el centro.
En el caso de presentar más de una solicitud en centros diferentes el alumno o alumna perderá todos los derechos de prioridad que puedan corresponderle.
Una vez concluida la adjudicación de plazas escolares, las comisiones territoriales de garantías de admisión adjudicarán una plaza escolar a los alumnos o alumnas que presentaron más de una solicitud.
SI. Además de la entrega en papel, se puede entregar en la secretaria virtual de la Consejería competente en materia de Educación. Esta entrega de solicitud electrónica es preferible para agilizar los procedimientos y evitar errores de transcripción. La dirección web para entregar la solicitud electrónica es la siguiente:
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/543/
La admisión del alumnado en los centros docentes, cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, se regirá por los siguientes criterios:
Solamente en el segundo ciclo de educación infantil.
El criterio de presentar trastorno del desarrollo sólo se tendrá en cuenta en el segundo ciclo de educación infantil cuando el alumno o alumna disponga del informe correspondiente, emitido por el Centro de Atención Infantil Temprana o el dictamen evacuado por el Equipo de Orientación Educativa de la zona.
La valoración de que el alumno o alumna presenta una discapacidad que alcanza o supera el treinta y tres y es inferior al sesenta y seis por ciento, o un trastorno en el desarrollo, será de tres puntos. En el caso de que el alumno o alumna tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al sesenta y seis por ciento se otorgarán cuatro puntos.
La solicitud de los servicios complementarios se realiza durante el periodo de matriculación del alumnado, del 1 al 8 de junio en los centros públicos que imparten educación infantil (segundo ciclo), educación primaria y educación especial.
La información de los servicios complementarios que ofertan los centros está a disposición del público en los tablones de anuncios de los mismos.
Ninguna circunstancia que esté exclusivamente relacionada con la intención de solicitar dichos servicios podrá ser tenida en cuenta como criterio de admisión
El plazo para solicitar la bonificación de los servicios complementarios es del 1 al 7 de septiembre.
Puede encontrar más respuestas a sus dudas en la siguiente dirección:
Preguntas Frecuentes (Web Consejería de Educación y Deporte)