CEIP Juan Sebastián Elcano

CEIP Juan Sebastián De Elcano

Secretaría

Matriculación

Abierto plazo de admisión y escolarización 2024/2025

Información

Preguntas frecuentes

  1. Primer curso del segundo ciclo de la educación infantil:
    • 3 años cumplidos antes del 31 de diciembre.
  2. Primer curso de educación primaria:
    • 6 años cumplidos antes del 31 de diciembre, salvo autorización específica.
  • Quien acceda por primera vez al segundo ciclo de educación infantil (3, 4 ó 5 años) para cursar este ciclo en un centro docente público o privado concertado.
  • Quien acceda por primera vez a la educación primaria sin haber cursado antes el segundo ciclo de educación infantil.
  • Quien acceda por primera vez a la educación primaria habiendo cursado el segundo ciclo de educación infantil en un centro docente privado o esté matriculado, en el curso escolar actual, en el tercer curso del segundo ciclo de educación infantil (5 años) en un centro docente privado concertado cuando el curso en el que está matriculado no está concertado.
  • Quien opte por otro centro docente público o privado concertado distinto del que le corresponde por adscripción.
  • Quien haya sido informado por la dirección del centro docente público o la titularidad del centro docente privado concertado en el que finaliza estudios, que está adscrito a varios centros (adscripción múltiple), mediante el Anexo II de la Orden vigente que regula la admisión.
  • Quien estando matriculado en el curso escolar actual en un centro docente público o privado concertado desee cambiar a otro centro a un curso sostenido con fondos públicos.
  • El alumnado que, en el curso escolar actual, ya esté matriculado en nuestro centro y desee continuar en el mismo.

Durante todo el mes de marzo está abierto el plazo para presentar solicitudes de admisión para un puesto escolar en centros docentes públicos y privados concertados para las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de la educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

Antes del plazo establecido los centros no podrán recepcionar solicitudes de admisión.

Que perdería la prioridad que en su caso le hubiese correspondido, en relación con las presentadas en plazo.

Una vez concluida la adjudicación de plazas escolares, las comisiones territoriales de garantías de admisión adjudicarán una plaza escolar a los alumnos o alumnas cuya solicitud de admisión fue presentada fuera del plazo establecido

En el proceso de admisión solo se podrá presentar una solicitud por alumno o alumna, para la enseñanza y curso en el que se solicita la admisión del alumno o alumna. Dicha solicitud se presentará preferentemente en el centro docente donde se solicita la admisión prioritariamente.

El solicitante debe quedarse con una copia del impreso de solicitud registrado por el centro.

En el caso de presentar más de una solicitud en centros diferentes el alumno o alumna perderá todos los derechos de prioridad que puedan corresponderle.

Una vez concluida la adjudicación de plazas escolares, las comisiones territoriales de garantías de admisión adjudicarán una plaza escolar a los alumnos o alumnas que presentaron más de una solicitud.

SI. Además de la entrega en papel, se puede entregar en la secretaria virtual de la Consejería competente en materia de Educación. Esta entrega de solicitud electrónica es preferible para agilizar los procedimientos y evitar errores de transcripción. La dirección web para entregar la solicitud electrónica es la siguiente:

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/543/

La admisión del alumnado en los centros docentes, cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, se regirá por los siguientes criterios:

  • El alumnado procedente de los centros adscritos.
  • Hijos e hijas cuyo padre, madre, tutor o guardador tenga su puesto de trabajo habitual en el centro docente solicitado.
  • Alumnado que curse simultáneamente enseñanzas regladas de música o danza y Educación Secundaria. Igual tratamiento se aplicará al alumnado que siga programas deportivos incluidos en los niveles del Deporte de Rendimiento de Andalucía, así como a las personas deportistas de alto nivel o alto rendimiento de otras Comunidades Autónomas a los deportistas con licencia deportiva en vigor en cualquier Sociedad Anónima Deportiva con domicilio social en Andalucía que compita en la máxima categoría nacional.
  • Tendrán prioridad en el ámbito territorial que corresponda al domicilio o al lugar de trabajo de alguna de las personas que ostenten la patria potestad, la tutela o guarda, aquellos alumnos y alumnas cuya escolarización en centros públicos y privados concertados venga motivada por el traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los padres, madres, tutores o guardadores, por situación de adopción u otras medidas de protección de menores, por discapacidad sobrevenida de cualquiera de los miembros de la unidad familiar, o por un cambio de residencia derivado de actos de violencia de género. Asimismo, tendrá prioridad en dicho ámbito el alumnado víctima directa de acto terrorista o familiar hasta el segundo grado por consanguinidad de una persona víctima de terrorismo.

Solamente en el segundo ciclo de educación infantil.

El criterio de presentar trastorno del desarrollo sólo se tendrá en cuenta en el segundo ciclo de educación infantil cuando el alumno o alumna disponga del informe correspondiente, emitido por el Centro de Atención Infantil Temprana o el dictamen evacuado por el Equipo de Orientación Educativa de la zona.

La valoración de que el alumno o alumna presenta una discapacidad que alcanza o supera el treinta y tres y es inferior al sesenta y seis por ciento, o un trastorno en el desarrollo, será de tres puntos. En el caso de que el alumno o alumna tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al sesenta y seis por ciento se otorgarán cuatro puntos.

 

  • Segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y/o educación especial: del 1 al 10 de junio.

La solicitud de los servicios complementarios se realiza durante el periodo de matriculación del alumnado, del 1 al 10 de junio en los centros públicos que imparten educación infantil (segundo ciclo), educación primaria y educación especial.

La información de los servicios complementarios que ofertan los centros está a disposición del público en los tablones de anuncios de los mismos.

Ninguna circunstancia que esté exclusivamente relacionada con la intención de solicitar dichos servicios podrá ser tenida en cuenta como criterio de admisión

El plazo para solicitar la bonificación de los servicios complementarios es del 1 al 7 de septiembre.

Puede encontrar más respuestas a sus dudas en la siguiente dirección:

Preguntas Frecuentes (Web Consejería de Educación y Deporte)

Calendario

Marzo

Presentación de solicitudes
  • Del 

Abril

Relación baremada del alumnado solicitante
  • Del 21
Trámite de audiencia (10 días lectivos)
  • 22 de abril

Mayo

Sorteo público para dirimir empates
  • Del
Publicación de la Resolución del procedimiento de admisión
  • Del 
Publicación de la Resolución de adjudicación de plaza del alumnado no admitido en el centro docente elegido como prioritario (reubicación)
  • Del 
Reclamaciones/recursos de alzada
  • Del 

Junio

Plazo de matriculación (segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación especial).
  • Del

Videotutorial Solicitud en Secretaría Virtual